Marco regulatorio
Legalidad de Bitcoin y de las criptomonedas. Regulaciones a las criptomonedas en Argentina. Qué impuestos alcanzan a las personas que tienen bitcoins.
Guías
La mayoría de los países donde es legal comprar y poseer bitcoins los consideran una “moneda sin curso legal”: aunque pueden usarse para medir valor e intercambiarlo, para comprar, pagar y ahorrar, no así para ciertos contratos. Y no generan obligaciones.
Un problema frecuente de las legislaciones sobre Bitcoin es la inconsistencia en su definición: algunos países fallan al caracterizarlas, o las equiparan al dinero de curso legal que las personas fondean en sus aplicaciones de pago electrónico.
Es imposible consensuar una única legislación global en torno de Bitcoin, y ni siquiera tiene que ver con el desacuerdo entre gobiernos sino con que se trata de una red contable, informática y económica descentralizada, que no tiene “casa central” en ningún estado.
Es decir que los países pueden generar regulaciones impositivas y comerciales en cuanto al uso y la venta de bitcoins en su territorio, pero no pueden legislar sobre Bitcoin.
En Argentina, las criptomonedas están comprendidas dentro de lo que se entiende como “monedas virtuales”: representaciones digitales de valor que funcionan como un medio de intercambio, una unidad de cuenta o de reserva, pero sin curso legal. Mientras que por “dinero electrónico” se entiende a moneda de curso legal transferida electrónicamente.
Así las define el artículo segundo de la resolución 300/2014 de la Unidad de Información Financiera, el organismo encargado de prevenir delitos económico-financieros complejos. En todo el mundo, agencias similares miran de reojo las criptomonedas por algunas de sus características, como la fluctuación del precio (lo que también pasa con el oro), o porque es posible usarlas para ilícitos, apuestas ilegales o lavado de dinero (igual que el efectivo).
El Impuesto a las Ganancias argentino grava monedas digitales y dinero electrónico, aunque discrimina entre ganancias de fuente argentina (por venta de criptomonedas de emisor local) y fuente extranjera (internacional). Aunque las criptomonedas no “se emiten”.
Como renta financiera, la compra-venta de bitcoins y otras cripto paga una alícuota del 15% de Ganancias y también queda alcanzada por el impuesto a los Bienes Personales.
Además, desde la entrada en vigencia de la resolución general 4614/2019, los brokers que funcionan bajo jurisdicción argentina deben informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los titulares de las cuentas, los montos operados y saldos finales.